(„VIV“ = abreviación alemana) ¿Usted está endeudado y no puede satisfacer sus deudas en los próximos años? Entonces, el procedi-miento de insolvencia le ayudará posiblemente a encontrar la salida a esta situación.
Atención: Aquí puede obtener solamente una visión general sobre el procedimiento de insolvencia. Este procedimiento no es una solución rápida. A veces, hay razones fundadas que hablan en contra de la solicitud de declaración de insolvencia. Por consiguiente hay que pensarlo siempre bien para ver si la insolvencia es realmente conveniente. ¡Un buen asesoramiento es imprescindible para estos casos!
Aviso: Los profesionales autónomos tienen que solicitar el procedimiento reglamentario de insolvencia (RIV – Regelinsolvenzverfahren). Éste difiere del “VIV” sobre todo en los pasos 1 y 2 que quedan omitidos. El “RIV” se aplicará también a personas que habían sido autónomas en el pasado en el caso de que existan más de 19 relaciones obligacionales o en el caso de que por lo menos una obligación, trate de cargas sociales impagadas o de sueldos para colaboradores.
¿Cómo funciona la “VIV”?
El procedimiento puede imaginarse como una escalera con los siguientes pasos:
- Paso 1: Intento de concluir un acuerdo con todos los acreedores
- Paso 2: Plan judicial de pago de deudas (este paso puede ser suprimido)
- Paso 3: Procedimiento judicial de insolvencia (Gerichtliches Insolvenzverfahren)
- Paso 4: „Fase de buen comportamiento“ („Wohlverhaltensphase“)
Al concluir el paso 4 con éxito, usted recibirá una cancelación de la deuda restante. Esto significa que ya no tendrá que pagar las deudas que existían al inicio del procedimiento de insolvencia.
Paso 1: Intento de conciliación extrajudicial
Requisito 1: Usted tiene que declarar todas sus deudas. Con frecuencia no se conocen todas las deudas. ¡Comuníquelo durante la sesión de asesoramiento!
Requisito 2: En el futuro, usted tiene que llegar con su dinero – es decir, sólo puede contraer deudas que pueda pagar.
Primero, hay que intentar encontrar una solución con todos los acreedores. ¡Dirígase para este fin a una asesoría jurídica para deudores (Schuldnerberatungsstelle) o a un bufete de abogados especializado (lo mejor con un talón para asesoría jurídica gratuita).
Lo importante es que usted indique a la asesoría jurídica todas las deudas (aunque no esté de acuerdo con todas las reclamaciones). ¡Tiene que indicar también los pagos corrientes!
¡Además, indique si posee algo de valor (por ejemplo, un coche, un seguro de vida, una propiedad inmobiliaria.
Si usted consigue un acuerdo con todos los acreedores (por ejemplo, porque terceros aportan dinero), ya no procede el procedimiento de insolvencia. Si la propuesta de arreglo es rechazada, usted recibirá un certificado. Lo necesitará para solicitar un procedimiento de insolvencia. Usted debería pedir ayuda para rellenar la solicitud (formulario).
Paso 2: Plan judicial de pago de deudas
(A menudo este paso es omitido.)
El juzgado de insolvencia decide si debe realizarse otro intento de llegar a un acuerdo. Esto es posible en el caso de que el intento extrajudicial haya fracasado solamente con un escaso margen. Si la mayoría de los acreedores (en términos de personas e importes de deudas) acepta el plan, el juzgado de insolvencia puede “obligar“ a los acreedores disidentes a aceptarlo.
Paso 3: Procedimiento judicial de insolvencia
Si el paso 2 parece no tener perspectivas de éxito (o ha fracasado), el juzgado abre su procedimiento de insolvencia y lo publica en Internet. Nombra a un administrador de la insolvencia para que realice, en lo escencial, las dos tareas siguientes:
- Comprobar todas las reclamaciones que los acreedores presenten contra usted.
Atención: Es posible que se presenten reclamaciones con la calificación de: “procedentes de actos ilícitos premeditados“. También puede tratarse de alimentos no pagados. Por lo tanto, debe comprobar si se trata realmente de un acto ilícito premeditado; si la objeción no es correcta, formule una oposición ante el juzgado de insolvencia. Si no formula oposición, esta reclamación no está cubierta por la cancelación de la deuda restante. Existen plazos breves para presentar la oposición. ¡Ocúpese de ello inmediatamente!
- Cobrar sus bienes e ingresos embargables y posiblemente también reclamar los pagos efectuados en los últimos meses. Si se embarga dinero, se pagarán primero los gastos del procedimiento de insolvencia.
Atención: Se verifica lo que usted ha declarado en la solicitud de insolvencia. Si usted no ha indicado ingresos o bienes, el procedimiento de insolvencia podrá fracasar.
Paso 4: „Fase de buen comportamiento“
Al final del paso 3, el procedimiento de insolvencia se suspende por orden judicial y empieza la “fase de buen comportamiento”. Se seguirá cobrando la parte embargable de sus ingresos. Si usted hereda algo, tendrá que entregar la mitad de la herencia. No obstante, usted puede también rechazar la herencia. Los pagos a los diferentes deudores solamente puede efectuarlos a través del administrador de insolvencia. Es importante que comunique inmediatamente todos los cambios familiares o financieros, el cambio de puesto de trabajo o de vivienda así como ganancias superiores a 100 €.
También en el caso de que usted se encuentre en paro, puede solicitar la apertura del procedimiento sobre insolvencia del consumidor (VIV). Sin embargo, es importante que busque activamente un empleo, presente solicitudes de trabajo y acepte cualquier trabajo razonable. Debe poder demostrar que está buscando trabajo.
Un trabajo a tiempo parcial solo es aceptable si sus hijos siguen dependiendo de sus cuidados (por ejemplo, porque no puede encontrar plaza en una guardería) o si ya no puede trabajar por motivos de salud.
Si usted ha cumplido estas reglas, el juzgado de insolvencia le concederá la cancelación de la deuda restante. De este modo, ya no trendrá que pagar ninguna deuda pendiente.
Sin embargo, debe seguir pagando multas y sanciones administrativas. Esto también se aplica a las deudas derivadas de un delito cometido intencionadamente y que el acreedor haya registrado como tal (por ejemplo, la indemnización por daños personales o el reembolso de una suma de dinero obtenida fraudulentamente). Las nuevas deudas contraídas durante el procedimiento de insolvencia también se mantienen y deben ser pagadas por usted.
La cancelación de la deuda restante puede ser rechazada si
- en los tres años antes de presentar la solicitud, al pedir créditos o prestaciones públicas, usted hizo declaraciones falsas con negligencia grave.
- usted puso datos falsos en la solicitud de insolvencia.
- en los tres años antes de presentar la solicitud, usted dilapidó patrimonio o contrajo deudas desproporcionadas.
- usted contrajo nuevas deudas durante el procedimiento de insolvencia que no paga, causando perjuicio así a los acreedores concursales.
¿Cuánto tiempo dura el procedimiento de insolvencia?
Después de la apertura por el juzgado, el procedimiento de insolvencia dura 3 años. Al final, la cancelación de la deuda restante es declarada por resolución judicial.
Atención: ¡Es imprescindible que guarde esta resolución judicial! Ya que las reclamaciones siguen existiendo. Los acreedores también pueden dirigirse a usted por escrito. No obstante, usted ya no está obligado a pagar. Las medidas de la ejecución forzosa no están permitidas.
¿Tiene el procedimiento algún coste?
Por regla general, las oficinas públicas de asesoramiento jurídico para deudores ofrecen su apoyo gratuitamente. Usted tendrá que pagar al bufete de abogados si no le ha sido concedida asistencia jurídica gratuita.
El procedimiento judicial está sujeto a costas. Si no puede pagar las costas judiciales, ¡solicite una prórroga! El juzgado de insolvencia le aplazará todas las costas hasta la cancelación de la deuda restante. Si se puede embargar algo, en primer lugar se pagarán las costas aplazadas. Si después de la cancelación de la deuda restante, todavía quedan costas, se comprobará cada año si usted puede pagar plazos razonables – durante un período de 4 años como máximo.
Aviso: Para todos los procedimientos de insolvencia y las resoluciones del juzgado de insolvencia consulte en el internet bajo www.insolvenzbekanntmachungen.de