Einkommenspfändung | Embargo del Salario y Embargo de los Ingresos Corrientes

(Casi) todos los ingresos “corrientes“ (o sea periódicos) en principio son embargables, entre otros el salario, el subsidio por desempleo así como las pensiones – la asistencia social/seguridad social básica, el subsidio familiar para padres hasta el importe de 300 euros, el, subsidio de maternidad o asignación por cuidados permanentes realizados por asistentes que usted mismo encargó, no pueden ser embargados. La asignación familiar por hijos y el subsidio de vivienda son embargables solamente en casos muy raros.

Atención: Estos fondos, sin embargo, pueden ser embargados en su cuenta Para la protección de su cuenta, véase la “Hoja informativa 03 – Cuenta P“.

¿Cómo transcurre el embargo (Pfändung)?

El acreedor tendrá que dirigirse a la oficina o institución la cual hace efectivo los ingresos (o sea el patrón, organismo gestor de renta, agencia de trabajo). Esta institución u oficina la llamamos Tercer Deudor (Drittschuldner). Hay tres modos de embargar los ingresos corrientes:

  1. El acreedor adquirió un llamado título (por ejemplo auto de ejecución, sentencia). Con este título solicita al juzgado de ejecución el embargo de los ingresos corrientes. El Juzgado dicta luego el Auto de Embargo y Transferencia (Pfändungs- und Überweisungsbeschluss – PfüB) y el acreedor lo hace notificar al tercer deudor.
  2. Los acreedores públicos (por ejemplo Autoridad de Hacienda, Caja Municipal) dictan en primer lugar la resolución administrativa (Bescheid). Luego, ellos mismos pueden embargar y notifican al tercer deudor la Providencia de Embargo y Transferencia (Pfändungs- und Überweisungsverfügung).
  3. Si se ha transferido ya al acreedor una parte embargable de los ingresos, éste tiene que solamente mandar a tercer deudor una copia de la cesión. Casi cada contrato de crédito contiene una tal cesión (Abtretung).

El tercer deudor tiene que aceptar un Auto de Embargo y Transferencia y una Providencia de Embargo y Transferencia. Sin embargo, en el caso de ingresos del trabajo, podrá excluirse contractualmente la consideración de las cesiones.

¿Cuánto se puede embargar?

El tercer deudor tiene que calcular conforme a las normas legales cuál parte del los ingresos es embargable. Esta parte tiene que girarla al acreedor. Sólo se le abonará la parte de los ingresos no embargable.

a) Tabla de Embargo (Pfändungstabelle):

El monto embargable depende de la suma de sus ingresos netos y de las cargas familiares legales con cuales usted tiene que cumplir.

¡Consulte la tabla bajo www.infoblaetter-schuldnerberatung.de/pfaendungstabellen

Ejemplo No. 1: 

Ustedes están casados, tienen dos hijos y ganan por mes 2.900 Euro netos. La parte de salario embargable asciende entonces a 32,31 Euro.

Ejemplo No. 2:

Usted es soltero, no tiene hijos y gana por mes 1.600 Euro netos. La parte del salario embargable asciende a 31,50 Euro.

Las cargas familiares legales las cuales hay que considerarlas, son pagos de alimentos a los hijos (¡pero no a los hijastros), al cónyuge (en el caso de sentencia o escritura notarial también a los separados o divorciados), a los padres (por ejemplo los gastos por el asilo de ancianos o los costes de asistencia permanente), así como a los compañeros de la unión registrada de homosexuales.

Si los padres no están casados, hay que pagar al progenitor con quien está el hijo, por lo menos durante los primeros tres años de edad del hijo común si este progenitor no dispone de propios ingresos suficientes. Si el tercer deudor no conoce de manera suficiente todas sus cargas familiares (Inscripción en su tarjeta de impuestos sobre el salario), el deudor tendrá que acreditar las cargas familiares (por ejemplo reconocimiento de la paternidad, sentencia de divorcio) y sus pagos reales. En caso de necesidad decide el juzgado competente o el acreedor público embargador.

b) Partes de Ingresos No Embargables (Unpfändbare Einkommensteile)

Del sueldo/salario no son embargables: dietas, asignaciones para gastos, suplementos por trabajo nocturno, festivos y domingos, la mitad de la retribución por horas extraordinarias, primas por trabajos sucios, gratificaciones de vacaciones por el monto normal y la mitad de la gratificación navideña – pero como mínimo 750 euros (a partir del 07/2024).

¿Pueden sumarse varios ingresos?

Solamente los ingresos de una persona (por ejemplo la renta y el salario) pueden sumarse basándose en el Auto Judicial (o, en el caso dado, en la resolución del acreedor público). En el caso de una pareja que trabaja, el acreedor embargador puede solicitar al juzgado que el cónyuge que gana suficiente, no sea considerado como una carga familiar.

¿Puede un acreedor conseguir que el embargo sea mayor?

Si se exigen los pagos de alimentos corrientes, deudas de alimentos de los últimos 12 meses o indemnización por daños y perjuicios debido a un delito cometido premeditadamente, el acreedor puede embargar más de lo que resulte de la tabla de embargo. Para esto necesita el Auto Judicial. A usted se le tiene que dejar siempre el mínimo vital – en caso necesario, hay que solicitar una revisión.

¿Puede conseguir el deudor que el embargo sea menor?

A instancias del deudor, el juzgado o el acreedor embargador público pueden decidir si se embarga menos. Esto es posible si el deudor acredita que, por razones privadas o profesionales, se le originan gastos (necesarios) excesivamente altos. Los gastos accesorios profesionales son por ejemplo altos gastos para llegar al trabajo o los gastos para atender a los niños en las familias monoparentales. Los gastos accesorios privados son por ejemplo los costes suplementarios causados por compra de medicamentos y alimentación especial originados por enfermedad, o también gastos extraordinarios después de separación/divorcio o después de la excarcelación.

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